Imputaron a Diego Gvirtz por la pauta irregular desde la Anses a 678
El fiscal federal Juan Pedro Zoni impulsó hoy la investigación e imputó al ex presidente de Radio y Televisión Argentina Tristán Bauer y a los hermanos Diego y Fernando Gvirtz, de la productora PPT, a raíz de una denuncia de la Oficina Anticorrupción por irregularidades en pauta publicitaria recibida desde la ANSeS por el programa 678.
Zoni pidió medidas de prueba al juez federal Ariel Lijo, al dictaminar que debe investigarse la denuncia que alude a una pauta publicitaria por 88 millones de pesos entregada entre 2009 y 2015 a ese ciclo televisivo desde ANSeS, informaron fuentes judiciales.
En su dictamen, ademas de Diego Gvirtz y Fernando Givrtz, el fiscal advirtió que podría haber otros imputados con el avance de la investigación.
Según la denuncia de la OA, se direccionó la pauta publicitaria desde ANSeS para beneficiar con exclusividad al ciclo 678.
«La concentración de pauta de ANSeS en un solo programa del canal oficial resulta cuanto menos llamativa, máxime si se tiene en cuenta la casi nula presencia de publicidad del organismo en otros programas de la TV Pública», sostuvo la denuncia.
Indicó que «la investigación demuestra que, para favorecer a PPT con esa cifra millonaria -además de lo que ya le pagaba la TV Pública por cada programa- se violaron las regulaciones internas objetivas y rigurosas previstas por la propia Anses en resoluciones internas donde estaría involucrada también en la maniobra fraudulenta la empresa de publicidad Braga Menendez S.A., encargada en asesorar a este organismo».
El organismo a cargo de Laura Alonso, además, remarcó que «por contrato con el canal, la productora PPT no podía comercializar publicidad a organismos oficiales», no obstante lo cual «se benefició con el 50 por ciento de la pauta publicitaria que pagó la ANSeS por PNT (publicidad no tradicional)».
En este sentido, según la OA, la ANSeS no podía elegir en qué programas pautar y, sin embargo, direccionó esa publicidad al programa «678».
«La productora no podía comercializar auspicios de clientes que ya eran del canal, ni pauta oficial que llegara a través de Télam. En cuanto a los ingresos por las ventas de publicidad, para los casos en que la comercialización la realizara la productora, aquellos se dividirían 50 por ciento para cada una de las partes», agregó en su presentación la OA.