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Funcionarios del poder judicial deberán presentar declaración de bienes

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires reglamentó que ahora también los funcionarios del Poder Judicial deberan presentar su declaración jurada de bienes, que estará conformada por una parte reservada y otra a la que tendrá acceso el público.

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La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires reglamentó que ahora también los funcionarios del Poder Judicial deberan presentar su declaración jurada de bienes, que estará conformada por una parte reservada y otra a la que tendrá acceso el público.

Según la resolución 3.880, la Corte estableció la reglamentación con colaboración de la Procuración General, un año después de la creación de la mesa de trabajo que se dedicó a definir los nuevos requisitos que deberán cumplir los magistrados en sus declaraciones juradas.

De esta forma, los funcionarios del poder judicial estarán obligados a presentar sus declaraciones juradas. La medida alcanza a jueces, peritos oficiales, y también a los agentes que, por la naturaleza de sus funciones, «se encuentran sujetos a un especial control, tales los casos de aquellos que intervengan en procedimientos de adquisición de bienes o servicios o su recepción, o que participen en la administración y gestión de bienes del Estado«, resolvió la Corte.

El acuerdo del máximo tribunal bonaerense, firmado por Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Héctor Negri, Eduardo de Lazzari, Daniel Soria y Luis Genoud y el procurador general Julio Conte Grand. Además estableció que la declaración se deberá hacer a través de una plataforma digital creada para ese fin y que contendrá una parte reservada y otra pública.

¿Cuales son las declaraciones de acceso público?

El formulario sintético tendrá una enunciación de los bienes y actividades del implicado, «de su cónyuge o conviviente, y/o de quienes se encuentren bajo su responsabilidad parental, tutela o curatela, al 31 de diciembre del año inmediato anterior, tanto en el país como en el extranjero, sin contener precisiones que pudieren afectar su derecho a la privacidad o su seguridad«.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires además resolvió que el obligado deberá declarar las actividades profesionales que hubieren desempeñado durante los cinco años anteriores a su designación, y prevé, además, que la declaración jurada de bienes de jueces y fiscales deberá hacerse una vez por año y que si no la cumplen se remitirán los antecedentes a la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte de Justicia o de la Procuración.

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