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Golpe al monotributista: deberán ser autónomos si excedan la categoría más alta

El FMI exigió al Gobierno modificaciones en su sistema de recaudación. Entre ellos uno de alto impacto sobre los monotributistas que deberán ser autónomos si excedan la categoría más alta.

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Golpe al monotributista: deberán ser autónomos si excedan la categoría más alta

En el marco del acuerdo de Gobierno con el FMI, desde la entidad internacional exigieron a la AFIP que avance en combatir el «enanismo fiscal» entre los monotributistas. Es decir entre aquellos contribuyentes que hoy están en la categoría más alta pero que exceden el tope de la categoría K pasen a tributar como autónomos en el régimen general,  o sea, prácticamente el cuádruple.

Es que desde el primero de enero el tope para ser monotributista es de $1.726.600 de ingresos brutos anuales (o $143.880 mensuales) y esto obliga a una contribución de $75.000 millones; mientras que un autónomo aporta $275.800 al año.

El objetivo de esta medida es la recaudación del Estado con el fin de reducir el déficit fiscal, como parte de un paquete de medidas

Cómo sería el cambio de monotributista a autónomo

De llevarse a cabo la medida, un monotributista de la mayor categoría pagará este año $ 75.054,96 entre impuesto, y aportes jubilatorios y de salud. Si fuese obligado a pasar al Régimen General debería pagar $ 275.787,88 como soltero o $ 219,523 si es casado con 2 hijos. Entre tres y casi cuatro veces más.

LEER MÁS: Las nuevas exigencias del FMI al Gobierno

Este cálculo cobra nuevamente vigencia a partir de las objeciones formuladas por el FMI en el reciente Informe que acompañó el desembolso de los más de U$S 10.000 millones.

Allí se señala que muchos monotributistas están mal o incorrectamente registrados como tales y que se debería reexaminar este Régimen Simplificado con relación a la totalidad del impuesto a las Ganancias. Y agrega que un importante paso sería elaborar un plan para auditar al 20% de los contribuyentes de este Régimen simplificado. También propone estudiar un sistema de pasaje o transición del monotributo al Régimen General –por el salto que produce– que incremente la tasa efectiva del impuesto.

Según los especialistas, el supuesto de un contribuyente que presta servicios profesionales a título personal, sin personal a cargo ni gastos vinculados con su actividad, como ser el caso de un escritor, un periodista, un profesor de educación física, o cualquier profesional independiente, la situación es la siguiente: para el año 2019 pueden facturar dentro del Monotributo hasta la suma de $ 1.151.066,68, siendo que la carga fiscal anual, entre el impuesto integrado, aporte jubilatorio y obra social asciende a $ 75.054,96.

Si fuera obligado a pasar al Régimen General, por haber superado la suma citada, deberá asumir el pago anual del impuesto a las Ganancias y además el pago del aporte como trabajador autónomo. Entonces, la suma anual a ingresar deberá multiplicarse casi por cuatro, es decir que se incrementa un 300% y asciende a $ 275.787,88 bajo el supuesto de que el sujeto sea soltero y a la suma de $ 219.523 si fuera casado con dos hijos.

Supongamos que el contribuyente pasa al régimen general por haber incrementado sus ingresos en $ 200.000.

Bajo este supuesto la carga anual asciende $ 345.788 para un soltero y $ 289.523 para un sujeto con cargas de familia

Bajo el supuesto de haber incrementado sus ingresos en $ 500.000, la carga anual asciende $ 450.788 para un soltero y $ 516.450 para un sujeto con cargas de familia.

Otro aspecto a considerar se refiere al IVA (Impuesto al valor agregado). “Si el contribuyente factura sus servicios a una empresa que puede descargar el IVA que comienza a incorporar a los servicios facturados, el cambio de régimen no tendrá implicancias. Sin embargo, si se factura a un consumidor, el IVA va a incrementar el costo de su prestación debiendo, en muchos casos, asumir su costo atento a no poder trasladarlo”, alertan los economistas.

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