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Monotributo 2020: cómo queda la tabla con las nuevas categorías

Las cuotas y los montos máximos de facturación suben 51,1%. Mirá cuáles son las nuevas cuotas del Monotributo que se pagarán desde el 20 de enero.

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Monotributo 2020: cómo queda la tabla con las nuevas categorías


En 2020, el valor máximo de ingresos brutos de cada categoría subirá 51,1% respecto del año pasado. Este porcentaje se ajustaba cada año según el incremento anual para las jubilaciones. Y, como el año pasado, estará por debajo de la inflación que rondará el 55% en 2019.

Junto con el monto tope de ventas para cada categoría, también sube el valor del alquiler que pagan los comercios inscriptos en el Monotributo y especialmente las cuotas que hay que pagar.

Así, la categoría más baja(A)  tendrá un tope de ingresos de $ 208.739,25 y habrá que pagar una cuota mensual de $ 1.955,68.

La categoría máxima de servicios (H) tendrá un tope de facturación de $ 1.739.493,79, contra $ 1.151.066,58 de 2019. Y la cuota mensual subirá de $ 6.254,58 a $ 9.451,93.

La categoría más alta que incluye la venta de cosas muebles (K) podrá tener ingresos máximos de $ 2.609.240,69, cuando en 2019 eran de $ 1.726.599,88. En este caso, la cuota mensual será de $ 14716,41​.


El nuevo precio unitario de venta que rige para no salirse del Monotributo es de $ 29.119,56. Superado ese monto, el contribuyente debe pasarse al régimen general (que en lugar de pagar un solo impuesto unificado abona IVA y Ganancias e implica más burocracia).

Las nuevas cuotas ya hay que pagarlas el 20 de enero de 2020, que es la fecha de vencimiento. Los que tienen débito automático no tienen que hacer nada, se descontará el nuevo valor directamente.

Si el contribuyente se pasa de la máxima categoría con la facturación o la AFIP observa que está teniendo gastos por encima de los ingresos, el organismo directamente lo excluye del sistema simplificado del Monotributo. Sin embargo, en medio de la crisis, la AFIP suspendió hasta el próximo 29 de febrero la exclusión “de oficio”.


Por otro lado, los que deban recategorizarse, tendrán tiempo hasta el 20 de enero. Hay que hacer el trámite sólo si se modificaron los parámetros. En este caso, la cuota nueva, que surge de la nueva categoría, recién habrá que pagarla en febrero

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