El Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó este jueves el reglamento para que monotributistas accedan al programa Crédito a Tasa Cero 2021.
A través de la resolución 503/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno determinó los requisitos que deberán cumplir los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y las condiciones de financiamiento bajo las cuales se otorgará el financiamiento.
– La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la que implementará el mecanismo a través del cual los interesados podrán solicitar el beneficio.
– Para la categoría A, el préstamo es hasta 90 mil pesos; para la categoría B, hasta 120 mil pesos; y el resto de las categorías tendrán un tope máximo de 150.000 pesos.
– Los solicitantes de cualquiera de las categorías en la que revistan, deberán solicitar al menos, la suma de 10.000 pesos.
– El Banco Central determinará las entidades financieras que reúnan las condiciones necesarias para participar en la operatoria.
– Las financiaciones contarán con un plazo total de 18 meses contados a partir de su acreditación en la tarjeta de crédito del monotributista, incluido el período de gracia de seis meses.
– Los créditos podrán ser solicitados a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021.
– Las entidades financieras podrán recibir solicitudes de interesados hasta el 20 de enero de 2022.
– No podrán acceder al crédito aquellas personas que perciban ingresos en relación de dependencia o derivados de jubilaciones y/o pensiones, ni trabajadores autónomos, al igual que aquellos que presten servicios al sector público ya sea nacional, provincial, o municipal (cuando al menos el 70% de su facturación fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades públicas).