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Polémica: el BCRA volvió a permitir que los parientes de los empleados fallecidos puedan trabajar en la entidad

El artículo, que se había derogado en 2018, fue restituido por el directorio que conduce Miguel Pesce y cuestionado por el ex presidente Guido Sandleris y otros ex funcionarios de la gestión de Macri

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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) rehabilitó un artículo del convenio colectivo que permite que un pariente de un empleado fallecido pueda pasar a formar parte de la entidad que preside Miguel Pesce.

El ex presidente de la entidad, Guido Sandleris, afirmó: “El empleo público no puede ser hereditario. Por eso, en 2018, en el BCRA eliminamos el requisito de priorizar la contratación de parientes para reemplazar a un empleado fallecido. El Directorio del BCRA acaba de restituirlo. Un papelón”.

El economista Nicolás Gadano, que se desempeñó como gerente general del BCRA, explicó en Twitter: “En 2018 cambiamos el Estatuto del Personal del BCRA para eliminar una cláusula que, frente al fallecimiento de un empleado en actividad, obligaba al banco a contratar a un pariente. Me cuentan que el Directorio acaba de ‘restituir este derecho’, según comunicó la Comisión Gremial”.

En este sentido, fuentes del Banco Central indicaron que “el banco va a contemplar las situaciones sociales donde las familias se vean afectadas por el fallecimiento de la persona que trabajaba en el banco”.

“Quienes ingresan al banco deben siempre cumplir con las exigencias de idoneidad correspondiente”, aclararon. También, indicaron que, en estos casos, las personas, “ingresan por el escalón más bajo” del escalafón.

“De acuerdo a lo que establece el convenio colectivo de los bancarios; el Artículo 59 – (Acta del 3/2/1973 y artículo 49, CC 11/73), indica que en caso de muerte del empleado en actividad, padre de familia, uno de los hijos que hubiere estado a su cargo podrá optar por ingresar a la empresa, siempre que reúna las condiciones de ingreso establecidas, a satisfacción del banco y existiendo vacante en la escala inicial”.

La palabra de los letrados

Consultado por este medio, el abogado laboral Eduardo Bordoy Del Olmo perteneciente al estudio Solución Legal, nos explica que el «artículo 59 del Convenio colectivo de trabajadores bancarios permite que los hijos de los trabajadores fallecidos tengan la oportunidad para encontrar el sustento económico necesario para ellos y su familia. Es fundamental considerar que los trabajadores no van a ingresar directamente al puesto de trabajo que ocupaba su progenitor»

A su vez «El articulado manifiesta que será excluyente la necesidad de reunir las condiciones de ingreso imprescindibles como la idoneidad para el cargo (escalafón más bajo) y que su ingreso se llevará a cabo siempre y cuando exista una vacante en la escala inicial. Todas las personas tienen el derecho a trabajar para poder vivir con dignidad.»

Para finalizar el letrado afirma que «La posibilidad de ejercerlo les otorga la supervivencia del individuo y de su familia. Asimismo, el trabajador es libremente escogido o aceptado por el banco y le brinda la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado».

Paritaria bancaria

Por otro lado, cabe recordar que la Asociación Bancaria realizó el jueves pasado un paro de actividades en todo el país en rechazo a la oferta recibida por parte de las cámaras del sector mientras se desarrolla la negociación paritaria.

Tras la audiencia llevada a cabo en el Ministerio de Trabajo de la Nación, el gremio consideró “inadmisible” la propuesta de un aumento salarial de 55% -en tramos hasta noviembre, con una revisión dentro del último trimestre del año- que presentaron los bancos y ratificó la medida de fuerza.

“Se desconoce el mandato del Presidente de la Nación, quien claramente manifestó que los sueldos deben superar a la inflación, las cámaras bancarias siguen sin oír a los trabajadores y trabajadoras y ante esta provocación nuestra respuesta es ratificar el paro nacional para el próximo jueves 28 de abril de 2022″, manifestó la entidad a través de un comunicado.

El paro se hizo “efectivo de manera presencial, con quite de tareas y posterior movilización, así como también con desconexión total de los compañeros y compañeras que están en la modalidad de teletrabajo”, anunció La Bancaria.

Fuentes del sector bancario explicaron que la oferta del 55% está abierta a ser más elevada si la inflación crece por encima de ese nivel. El primer tramo ofrecido es del 15% para enero, febrero y marzo y el segundo para abril de otro 12%, llegando a noviembre con un acumulado del 55%.

Recordaron que los bancos siempre compensaron la inflación y en esta oportunidad se repitió el compromiso. Ese retroactivo podría haberse pagado en los próximos días, con los salarios de abril. “La intransigencia del gremio impidió que los bancarios cobren con un aumento del 15% retroactivo a enero y un 27% a partir de abril, llegando a noviembre con un 55%”, señalaron desde el sector empresario.

Por su parte, el gremio contestó: “Invitamos a las cámaras empresariales, especialmente a las privadas, a reflexionar urgentemente, ya que, empecinadamente, siguen mirando solo su conveniencia, producto de su avaricia y sus rentabilidades de manera mezquina, sin importarles avasallar nuestros derechos”.

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