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La paritaria de Aceiteros sumó un 20% y su salario inicial llegó a $184.000

La federación gremial que lidera Daniel Yofra negocia en base a los preceptos del Salario Mínimo Vital y Móvil respecto a la cobertura de necesidades y focalizando desde las categorías más bajas del sector para las mejoras

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Los trabajadores y trabajadoras del sector agroexportador, nucleados en el gremio de Aceiteros, acordaron su revisión paritaria sumando 20 puntos al acuerdo original y alcanzando el 64,3%. 

El regreso a la mesa de negociación con las patronales estaba prevista para agosto y se anticipó para esta semana, donde se fijó que el salario inicial será de $184.000 desde el viernes 1ro del corriente.

En efecto desde la la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (Aceiteros) que lidera el sindicalista Daniel Yofra realzaron el acuerdo. El cual detallaron, fue alcanzado “en conjunto con los compañeros paritarios del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA)”.

Por el sector empleador firmaron la actualización del convenio las cámaras Ciara, Ciavec y Carbio. Aceiteros en su estrategia paritaria negocia para mejorar las categorías más bajas, sobre el espíritu de la determinación por normas que tiene el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) en cuanto a qué potestades contempla, protege, realza y enmarca el mismo en cuanto a sueldos.

De allí que en la negociación por la revisión salarial del Convenio Colectivo de Trabajo 420/05 lograron llevar el básico inicial “a $ 184.000 a partir del 1° de julio de 2022 para las y los compañeros obreros y empleados aceiteros”, realzaron desde esa organización gremial.

Como suele recordar Yofra, y en más de una ocasión lo aclaró a BAE Negocios, la posibilidad de mejorar convenios de salarios no radica sólo en que Aceiteros negocia sus mejoras con empresas de ingresos en dólares, como mensuran algunos funcionarios, ya que el realce paritario para la potencia de negociación, tiene lugar en la ponderación del SMVM «que debería ser» y en la Constitución Nacional, artículo 14 bis.

De hecho esta organización gremial negocia en considerable estándar desde 2003.

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