Un estupendo crimen ocurrió en la zona de Camino Regatas de Ensenada, dominio de La Plata. Según confirmaron fuentes policiales, Jhonathan Ariel Quintana, un hombre de 34 abriles oriundo de Punta Lara, ex empleado de una empresa de seguridad privada, fue detenido por supuestamente matar a golpes a Florencia Cristalera Reinaldi, una mujer trans.
El arsenal empleada, creen los investigadores, fue un caño de hierro de 60 centímetros de generoso.
El hallazgo del cuerpo y la detención
El hecho fue reportado por un llamado secreto al 911, que indicaba gritos de auxilio en la zona del ataque. Así, efectivos de la Comisaría 1° de Ensenada de la Policía Porteño llegaron al división. Encontraron a Quintana sentado en la cabina de un camión Mercedes Benz, visiblemente nervioso.
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En el pavimento, los policías notaron manchas de muerte, con un patrón de tiro. El fiambre de Reinaldi estaba en un pastizal a 15 metros del camión. Quintana fue arrestado de inmediato; el caño fue enemigo en la cabina trasera del camión, con evidentes manchas de muerte.
La investigación jurídico y el antecedente de Tehuel de la Torre
El expediente para esclarecer el hecho está a cargo del fiscal Juan Cruz Condomí Alcorta. Por otra parte, se descubrió que Quintana había sido destacado en una causa por lesiones y amenazas agravadas a fines de septiembre posterior.
En el mes de agosto, Luis Alberto Ramos fue condenado, igualmente en La Plata, a la pena de retiro perpetua por el homicidio del verde trans Tehuel de la Torre, cuya desaparición en marzo de 2021 se convirtió en un símbolo de lucha y señuelo del movimiento LGBT.
Ramos llegó a proceso destacado por el delito de “homicidio agravado en contexto de odio en torno a la identidad de variedad”.
Un decreto histórico de la Honestidad
El decreto fue dictado por los jueces Claudio Joaquín Bernard, Ramiro Fernández Lorenzo y la jueza Silvia Hoer, a cargo del Tribunal Vocal en lo Criminal N° 2 de La Plata. Por primera vez, la Honestidad argentina reconoció como agravantes las razones de variedad en torno a las masculinidades trans.
“Hoy en el siglo XXI tolerar discriminaciones o rechazos por razones de sexo, raza, religión, resultan por demás deleznables y contrarias a la decisión de referéndum e igualdad que debe disfrutar toda persona. No tolerar a dos personas del mismo sexo someterse autónomamente a este status de casados implica disminuirlos jurídicamente y aislarlos del orden normativo”, entendió el árbitro Bernard.
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Para los jueces, el destacado “no comulgaba con estos modelos no patriarcales de concebir una pareja”. Y explicaron: “Estableció los parámetros de su relación personal con Tehuel, no reconociendo en divulgado su identidad sexual, con frases como chico-chica o la mujer es para el hombre y el hombre para la mujer, de forma que no pueden más que tomarse como despectivas.
Por otra parte, lo condicionaba económicamente al prometerle trabajos y ofrecerle billete, creando de esta forma una dependencia económica, por lo que sin división a dudas el imputado se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima, lo que llevó al fatídico encontronazo del día 11 de marzo”.
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El odio como motivo del crimen
Bernard indicó que el odio que sentía Ramos en torno a Tehuel lo llevó a “provocarle la homicidio”. “Y aún más allá –destacó–, hizo desaparecer su cuerpo, impidiendo de tal modo el duelo de su tribu y amigos en presencia de tan dolorosa pérdida, procurando borrar todo vestigio de su gesticular delictivo”.
“Un homicidio ejecutado por odio a la identidad de variedad es un motivo tan reprochable que justifica la formulación como tipo agravatorio de homicidio, el cual tiene como consecuencia legalmente asignada la imposición de una pena privativa de decisión perpetua”, argumentó.
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