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Detuvieron al prefecto procesado por el asesinato de Rafael Nahuel

Tras el fallo de la Cámara Federal de General Roca que revirtió la teoría oficial sobre el "enfrentamiento", la Justicia ratificó la prisión preventiva del agente del grupo Albatros.

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Detuvieron al prefecto procesado por el asesinato de Rafael Nahuel

 

Este miércoles fue detenido el cabo de la Prefectura Francisco Javier Pintos, procesado por el homicidio agravado del joven mapuche Rafael Nahuel. Fue a partir del fallo de la Cámara Federal de General Roca, que ratificó la prisión preventiva que había ordenado el 15 de mayo en la histórica resolución que revirtió la teoría oficial del «enfrentamiento», el 25 de noviembre de 2017 cuando Nahuel fue asesinado por la espalda en territorio recuperado de Villa Mascardi.

La detención la hizo la policía federal en San Isidro, por orden de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado. Así se diluyó la última esperanza del gobierno de revertir el histórico fallo que cuestionó la esencia de su política represiva y la impunidad en relación al asesinato de Rafael Nahuel.

La Cámara Federal de General Roca había rechazado la apelación presentada por el abogado del cabo primero Pintos, quien había cuestionado el procesamiento bajo la figura de “homicidio agravado” y el dictado de su prisión preventiva. Hace pocas horas, en forma unánime los tres jueces del Tribunal descartaron los argumentos del abogado Marcelo Hugo Rocchetti, ex Jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y defensor del prefecto Pintos. Rocchetti había considerado “nula y arbitraria” la sentencia del 15 de mayo, que determinó el procesamiento de Pintos y ordenó su detención bajo la figura de la prisión preventiva.

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En su voto, el juez Lozano puntualizó que la apelación del abogado del Albatro “no se dirige contra una resolución que ponga fin a la acción o la pena, o haga imposible que continúen las actuaciones o que deniegue la extinción, conmutación o suspensión” de esa pena, y en cambio, la resolución “habilita el avance de la investigación”. El dictado de prisión preventiva se tomó “en razón del cambio de calificación y el imperativo del artículo 312 del Código Procesal Penal, puesto que cuando estamos en presencia de un delito de los que se ha dado en llamar ‘no excarcelables’, la prisión preventiva debe ser dictada”.

El fallo emitido por la Cámara Federal de General Roca el 15 de mayo fue lapidario respecto de las responsabilidades políticas del asesinato del joven mapuche de un disparo por la espalda en noviembre de 2017, luego del violento desalojo de la comunidad mapuche de Villa Mascardi que protagonizó una patrulla del grupo Albatros. “Es notorio que el Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gestión, un rol activo en la defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad involucrados en episodios bajo investigación judicial. Y lo ha hecho no con la mesura, la distancia y el respeto por el Poder Judicial de la Nación y la división de poderes que exige la República, sino con intervenciones que no toman en cuenta el trámite de las causas judiciales, sus tiempos ni las decisiones de los magistrados”, expresaron los camaristas.

Los jueces Mariano Lozano y sus pares Richard Gallego y Ricardo Barreiro cuestionaron a Bullrich porque “antes de que las pesquisas avancen lo suficiente como para echar mínima luz sobre los sucesos, se publicaron declaraciones del más alto nivel cuestionando a la judicatura, o las medidas probatorias dispuestas o, lisa y llanamente, sentenciando –mediáticamente– que el o los funcionarios implicados no han cometido delito y que son inocentes”

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