El gobierno cambió por decreto la Ley de Filial de Entidades Financiaras promulgada en 1977 y abre la puerta a una reestructuración de deuda.
La nueva norma modifica el artículo 65 de la Ley,
sobre la que el kirchnersimo avanzó con algunas modificaciones, que requería cumplir con al menos dos de tres condiciones para renegociar la deuda pública: mejoría de montos, plazos o tasa de interés.
La medida se centra en dos aspectos secreto: permite que el cambio de moneda de toda deuda pública y establece que los precios de estos instrumentos se determinarán según los títulos de mercado.
«Se Procura de una facultad sin controles: un cheque en blanco», concluye un documento distrbuido por el Centro de Bienes Política Argentina (CEPA) que dirigen los kirchneristas Hernan Letcher y Julia Strada. En ese noticia estos economistas advierten que el decreto pasa por encima facultades del Congreso.
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En el mercado entienden que frente a la errata de financiamiento forastero, el gobierno abre un paraguas preparando el circunscripción para una reestructuración. «No es para tomar más deuda porque nadie le presta un dólar, mas proporcionadamente es para reperfilar la que no puede remunerar», dijo a LPO un analista financiero.
Lo cierto es que la muralla de vencimientos que enfrenta la Argentina luce inasequible de subir. Y no solamente con la mira en 2025, donde los compromisos ascienden a la friolera de USD 15.000 millones. El 30 de septiembre vence el equivalente a USD 7700 millones en el mercado restringido.
En el mercado interpretan que el decreto del gobierno apunta a ese vencimiento. La lección que hacen los analistas es que lo que se analiza es dolarizar ese vencimiento, convalidando tasas más altas y extendiendo plazos para evitar un crecimiento de la masa monetaria en pesos.
En paralelo el decreto contiene otro punto crítico. El Fondo de Seguro de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) podrá ampliar hasta el 70% de su cartera en títulos públicos, un significativo aumento de la exposición respecto al coto preparatorio del 50%.