Tras conocerse el fallo de un juez que hizo lugar a una cautelar que obligaba al Sanatorio Otamendi a administrar el uso de dióxido de cloro a una persona en estado grave de coronavirus, finalmente el paciente murió en las últimas horas del lunes, en medio de la polémica por el rechazo de la comunidad médica al uso de un tratamiento no autorizado.
La historia del caso comenzó el 7 de enero. Ese día, 24 horas después de perder a su madre por coronavirus, José María Lorenzo le solicitó a la Justicia que su padrastro Oscar García Rúa recibiera la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro intravenoso, todo bajo la prescripción de Dante Converti, neurocirujano del paciente.
Según el profesional, García Rúa, de 92 años, presentaba un «compromiso pulmonar severo” y detalló que el hombre “recibió tratamiento convencional con oxígeno, pese a lo cual la saturación de hemoglobina continuaba por debajo de los valores normales». Ante ese escenario, se mostró a favor de aplicar el controvertido tratamiento, decisión que derivó en una presentación judicial.
Posteriormente, el juez federal Javier Pico Terrero hizo lugar a la cautelar presentada contra el sanatorio Otamendi y Miroli S.A., al que le exigió que «administre el uso del ibuprofenato de sodio, a través de nebulizaciones y de dióxido de cloro mediante vía intravenosa» al paciente, que «no había respondido a los tratamientos convencionales con oxígeno».
El fallo generó el rechazo, entre otros, del presidente del Comité de Bioética de la Fundación Huésped y asesor del Ministerio de Salud, Ignacio Maglio, quien calificó la decisión como de «mala praxis judicial».
«¡Es una locura lo que se ha hecho!», expresó Maglia a Télam. «Es un caso de desmesura de lo que significa la judicialización de la medicina. Si bien en algunos casos puede ser beneficiosa para dar respuestas justas a pacientes que lo requieran, en este es todo lo contrario, absolutamente perniciosa».
Maglio consideró un despropósito «que un juez pueda dar una resolución basado en una sola receta, sin haber pedido una prueba de oficio a otros organismos o bien a la Sociedad Argentina de Infectología (SADI)”.
En cuanto a la prescripción del médico, Maglio manifestó que se trata de «una aberración técnica» de un profesional del que «ni siquiera se chequeó si es un especialista como dicen que es, ya que dispuso algo «en contra de toda la evidencia médica disponible» y agregó que «no está autorizada por la Anmat y está contraindicada por diversas instituciones, entre ellas la SADI”.