La Justicia determinó que tres empresas de colectivos deberán contratar un 30% de mujeres
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó a tres empresas de colectivos del área metropolitana de Buenos Aires cumplir con un cupo femenino que abarque el 30% de la planta. Reconoció que «hubo discriminación de género» a aquellas que buscaron trabajo como choferes.
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Se trata de las empresas Transporte Escalada SAT (que maneja las líneas 169 y 175), Transportes Avenida Bernardo Ader (130) y Los Constituyentes S.A.T. (78).
El fallo dio lugar a un amparo presentado por una ex chofer de la línea 140, Erica Borda, que fue echada y nunca más consiguió trabajo como colectivera, pese a contar con 10 años de experiencia. Ni las empresas ni la UTA, gremio al que estaba afiliada, atendieron sus reclamos. Según la justicia, se trató de un hecho de discriminación por ser mujer.
La jueza Graciela González ahora ordenó a las «autoridades ejecutivas y legislativas» a establecer una «reglamentación específica para compensar las ilegítimas desigualdades» con el fin de revertir la discriminación por género en el acceso de las mujeres a los puestos laborales. Dispuso también que la Secretaría de Trabajo tenga en cuenta la sentencia al momento de “renegociar” el convenio colectivo de trabajo.
La discriminación por género se extiende en varias empresas de colectivos. La excepción en la ciudad es el grupo Plaza, el único que contrata colectivaras y en Vicente López, los colectivos de la línea municipal gratuita Bicentenario están conducidos exclusivamente por mujeres.