Este lunes el Tribunal Oral Federal (TOF) 3 condenó a tres años de prisión condicional a los dos testigos falsos que dijeron haber visto al juez federal Sebastián Casanello en la quinta presidencial de Olivos a finales de 2015, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Admitieron que mintieron y firmaran un acuerdo de juicio abreviado con la fiscalía.
El acuerdo, en el que Gabriel Corizzo y Carlos Scozzino admitieron haber cometido el delito de «falso testimonio agravado» al haber declarado bajo juramento de verdad que vieron al magistrado en Olivos, fue homologado hoy por el juez del TOF 3 Andres Basso, quien además los condenó a «inhabilitación absoluta» por 6 años, según consta en el fallo al que accedió Télam.
Corizzo era empleado de ANSES y Scozzino era chofer de la Presidencia cuando en 2016 declararon ante la justicia que, en una visita a la quinta de Olivos, habían visto al juez Casanello, durante la presidencia de Cristina Krichner y en pleno trámite de la causa por supuesto lavado de dinero contra el empresario Lázaro Báez, informaron fuentes judiciales.
A raíz de ese episodio, el empresario Báez había intentado sin éxito recusar a Casanello para apartarlo del caso en 2016; mientras que en una investigación posterior se comprobó que el juez Casanello nunca estuvo en Olivos y ambos hombres quedaron procesados por un delito que prevé hasta diez años de prisión.
«Corizzo y Scozzino reconocieron en ese acto el hecho que se les atribuye en el requerimiento de elevación a juicio, consintiendo, junto con sus asistencias técnicas, la calificación legal y las penas escogidas por el fiscal de juicio», sostuvo el magistrado Basso en el fallo de 12 páginas.
En uno de los párrafos más trascendentes del fallo, el juez remarcó que el falso testimonio cometido por Gabriel Edgardo Fabián Corizzo y Carlos Marcelo Scozzino «no solo se cometió en el marco de una causa penal y en perjuicio de un juez de la Nación, sino que, además, persiguió la finalidad de generar suspicacias en torno a su legítima intervención como juez natural de un proceso, de evidente trascendencia pública, que tramitaba ante el juzgado a su cargo».
«Este tipo de conductas, amplificada por la concurrencia de los eventuales interesados a los medios de prensa, afectan especialmente a las instituciones de la República, máxime cuando, como en el caso, pretenden instalar, a partir de un embuste, un sentimiento de sospecha acerca del funcionamiento de los poderes públicos, socavando la confianza de la comunidad toda acerca de un factor trascendental, como es la probidad de los miembros que los conforman. En el caso, de un juez federal cuya competencia y austera rectitud intentó ser puesta en duda con la finalidad espuria antes detallada», continuó.
En la misma línea, sostuvo que la entidad del hecho «conmina a los magistrados intervinientes en la instrucción a realizar el máximo esfuerzo en miras de reconstruir el derrotero que han seguido los encartados hasta presentarse a mentir, con el objetivo ya enunciado, ante los tribunales de la Nación y esclarecer, en definitiva, si lo que aquí se juzga excede el arrojo particular de dos individuos, para constituir, según las propias constancias de la causa, una maniobra de mayores dimensiones, previamente orquestada junto a otros actores, quienes son los que pudieron perseguir un ilegítimo beneficio a costa de los falsos testimonios que aquí se han probado».