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Vidal confirmó el Presupuesto y Endeudamiento 2019 para la Provincia

Una semana después de la votación en la Legislatura, Vidal firmó los decretos, que fueron publicados en el Boletín Oficial, que oficializan el presupuesto bonaerense y endeudamiento.

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Vidal oficializó el Presupuesto bonaerense y endeudamiento: cómo quedaron las leyes finales

Este martes, la gobernadora María Eugenia Vidal promulgó las leyes de Presupuesto, Endeudamiento y la Ley Impositiva, que regirá a partir del 1° de enero de 2019. el decreto fue firmado también por el jefe de Gabinete, Federico Salvai, a una semana de la votación en la Legislatura bonaerense.

Los únicos bloques que rechazaron la totalidad de las iniciativas fueron Unidad Ciudadana y el FIT. En tanto, el Frente Renovador, el Frente Amplio Justicialista y el bloque PJ – Unidad y Renovación rechazaron el Presupuesto pero votaron por la afirmativa en el endeudamiento y la Impositiva.

El presupuesto para el año próximo será concretamente de 929.466.529.724 pesos, de los cuales 511.994.655.873 pesos irán a la administración central, 249.016.250.351 a organismos descentralizados y 168.455.623.500 a los institutos de previsión social.

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Pero para poder sancionarlo, Cambiemos aceptó una serie de modificaciones:

  • La Provincia se hace cargo de la tarifa social de energía eléctrica y asume la compensación tarifaria del transporte y gasoil de los servicios prestados en los distritos.
  • El Ejecutivo afronta los gastos para sostener la tarifa social de AySA.
  • El Tribunal de Cuentas de la Provincia podrá eximir de las sanciones a intendentes y funcionarios que hayan autorizado para otros fines recursos afectados.
  • Se impuso un “Plan de Saneamiento financiero” para que los municipios con déficit acomoden sus cuentas en tres años, “a razón que impacte como mínimo un treinta y tres con treinta y tres por ciento (33,33%)” en cada ejercicio.
  • Se creó un régimen especial de ayuda económica para “financiar total o parcialmente obras municipales”.

Además se modificó una serie de alícuotas, previstas en el artículo 20 de la ley Impositiva:

  • 1% a la venta al por mayor de productos farmacéuticos.
  • 2,3% a la venta de autos, camionetas y utilitarios, nuevos, excepto en comisión; y de vehículos automotores, nuevos n.c.p
  • 4% a la elaboración de cerveza, bebidas malteadas y de malta.

Se otorga un crédito fiscal anual materializado en forma de descuento en el monto del Impuesto Inmobiliario Rural del 20% “para los inmuebles destinados a producción agropecuaria”.

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